DE LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL
En consecuencia, este TRIBUNAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en la Sentencia de fecha 22 de diciembre de 2003, emanada de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y con fundamento en el artículo 335 de la Constitución Nacional, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Asumo totalmente el poder jurisdiccional en el presente asunto, prescindiéndose de la participación de los escabinos; Segundo: Se fija Audiencia Especial de conformidad con la decisión de fecha 27 de mayo de 2005, para el día para el día veintidós (22) de junio de 2005, a las 9:30 a.m. Sala N° 3, de acuerdo al sistema de agenda única implantado en esta Extensión Judicial; Tercero: Notifíquese al acusado CELIS JESUS FALCON MATA de esta decisión. Cúmplas.....