Dispositiva.
Hechas las consideraciones que preceden, este Tribunal en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se declara culpable y en consecuencia se condena al ciudadano Franklin Antonio Ojeda Mirena, venezolano natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido en fecha 14-12-1986, de 20 años de edad, soltero, de profesión u oficio: comerciante, hijo de Franklin Ojeda y Liliam Coromoto Mirena, titular de la cédula de identidad N° V-18.107.179, residenciado en Avenida Falcón, Barrio El Jabillo, Casa S/N frente al Negocio de nombre las Rubias (lonchería), Puerto Cabello, Estado Carabobo, a cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión, por la comisión del delito de Robo Genérico en Grado de Frustración previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Venezolano.....