Se dictó Sentencia Definitiva por Admisión de los Hechos al acusado Francisco José Rodriguez Graterol, y se condena a cumplir la pena de DOS AÑOS (2) y SEIS (6) MESES DE PRESIDIO por ser el autor material del Delito COMPLICIDAD EN ROBO AGRAVADO EN EL GRADO DE TENTATIVA, previstos en el Articulo 460, 82, 84 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el articulo 278 del Código Penal en perjuicio del ciudadano EDGAR OBDULIO PARRA y el Estado Venezolano.que debió publicarse en fecha 11-02-2005, pero debido a la emergencia decretada por la Corte de Apelaciones en pleno, debido a las inundaciones acaecidas en la población de Puerto Cabello, es por lo que se realiza en esta fecha.