DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de los ciudadanos ALEJANDRO ELIAS GARCIA MATA, quien es venezolano, de 20 años de edad (para el momento de los hechos), soltero, de profesión u oficio Estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 14.416.504, residenciado en la Avenida N° 23, Calle N° 69-A, Edificio "Torreón", Maracaibo, Estado Zulia; y LUIS JOSE LEDEZMA RODRIGUEZ, quien es venezolano, de 37 años de edad (para el momento de los hechos), casado, de profesión u oficio Ingeniero, titular de la Cédula de Identidad N° 7.021.368, residenciado en Urbanización La Playa, Pequiven N° 11, Morón, Estado Carabobo; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 n.....