Se publica sentencia, mediante la cual se CONDENA al ciudadano ALEXIS ALEJANDRO MOLINA HERNANDEZ, plenamente identificado en el presente asunto, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de: PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en perjuicio del Estado venezolano. SEGUNDO: Se condena igualmente a las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal y se exonera al pago de las Costas Procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal por su notable estado de pobreza el cual queda evidenciado por estar asistido por la Defensa Publica.