En base a las anteriores consideraciones, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ANULA, de conformidad a los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 24 de Abril de 2012, mediante la cual condeno al ciudadano HOLTIN MAYNOR CANDELARIO VIVAS al cumplimiento de una pena de DIECINUEVE (19) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN como COAUTOR DEL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal en concatenación con el articulo 83 ejusdem, y el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho d.....