declara Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la profesional del derecho Belquis Monterrey González, actuando en su carácter de Defensora del ciudadano José Luís Borges López, contra la decisión dictada por el Juzgado Séptimo en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en la persona del Juez Freddy Aguilera Colmenares, mediante el cual declaró el conflicto de no conocer en el asunto N° 2C-26.547-11 (Nomenclatura del Tribunal Segundo en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua); de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre derechos y Garantías Constitucionales.