En consecuencia esta Sala Nro. 02 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ADMITIDO el presente recurso, interpuesto por el abogado MARIO RODRIGUEZ MARTINEZ, en su condición de representante de la Fiscalia Novena del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial; contra la decisión dictada en fecha 23 de Octubre del 2013 y publicado su auto motivado en fecha 12-11-2013, por la Jueza Primera de Primera instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en el asunto signado bajo en Nro. GP11-P-2013-000199, mediante la cual en la celebración de la Audiencia Preliminar sustituyo la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a favor de los ciudadanos JESUS ALEXANDER ULASIO COLINA y CHARLI ASNER COLINA, causa seguida a los ciudadanos antes nombrados por la presunta comisión d.....