Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Defensores Privados, abogados Rubén Barrios, Diyer Sandoval y Vanesa Robles. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia condenatoria publicada en su texto íntegro en fecha 21 de marzo de 2011 por el Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual declaró culpable a la acusada MARIA ISABEL PEÑA, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS tipificado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para la época de ocurrencia de los hechos, con la agravante preceptuada en el artículo 46.5 de dicho texto legal, imponiéndole el cumplimiento de la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal., con VOTO SALVADO de la Dra. Aura Cárdenas Morales.