En fuerza de los razonamientos antes expuestos el Juez Presidente de la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA INHIBICION de conocer la causa signada bajo el N° GP01-R-2012-000346, planteada por la Jueza Superior Sexta de esta Sala Nro. 2 de la Corte de Apelaciones Abg. FATIMA GREGORIS SEGOVIA CH., mediante acta levantada el día seis (06) de Febrero del 2013, con fundamento en la causal prevista en el artículo 89 numeral 7 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber emitido opinión en la causa principal signada bajo el Nro. GP01-S-2012-000932 seguido al ciudadano JESUS ALBERTO MILAZZO NIZA; en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Tribunal de Violencia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Publíquese, Regístrese, Notifíquese a la Jueza Inhibida.-