En consecuencia esta Sala Nro. 02 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ADMITIDO el presente recurso, interpuesto por la Abogada ZEIDY DEL CARMEN GONZALEZ MOSTAFA, en su condición de defensora publica del ciudadano RODERID JESUS ARTEAGA MARCANO; contra la decisión dictada en fecha 13 de Noviembre del 2013 por la Jueza Accidental en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo Extensión Puerto Cabello, en el asunto signado bajo en Nro. GP11-P-2009-000047, mediante el cual declaro improcedente la solicitud redención parcial de la pena por el trabajo, causa que se le sigue al penado de autos por la comisión de los delitos de: DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Drogas vigentes para ese momento y el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE F.....