Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por la Abogado LUISA EVANGELINA LOMBARDO a favor del ciudadano IVAN ALEXIS TOVAR, en cuanto a la conducta omisiva del Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio, Abogado ASDRUBAL DURAN .