declara CON LUGAR la INHIBICION propuesta por la doctora NELLY ARCAYA DE LANDAEZ, en su condición de Juez Provisoria N° 3, Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, y en consecuencia autoriza a separarse del conocimiento de la causa principal distinguida con el N° de asunto N° GP01-R-2008-000174.