Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se declara IMPROCEDENTE, el recurso de apelación de autos interpuesto por el abogado David Alejandro Valles, actuando en su condición de defensor público primero auxiliar, con competencia en el sistema penal ordinario, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Carabobo, en representación de los derechos e intereses personales, legítimos y directos del imputado MARIO EUDOMAR ARTEAGA PIÑA, en contra de la decisión dictada en fecha 05 de diciembre de 2014 y publicado el auto motivado el día 09 de diciembre de 2014, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal Nº GP01-P-2014-016252, mediante el cual decretó med.....