Esta Alzada, DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la Abogada GLORIA ARISMENDI, Defensora Pública Penal Auxiliar con competencia en Fase de Ejecución, adscrita a la Defensa Pública del Estado Carabobo, actuando en defensa y garantía de los derechos del ciudadano JOSE GREGORIO MALAVE MARTINEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de Junio de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo Extensión Puerto Cabello, mediante la cual RECHAZÓ LA REDENCIÓN PARCIAL DE LA PENA y por consiguiente NEGÓ LA TRAMITACIÓN DE DICHA REDENCIÓN en el asunto en el asunto Nº GP01-P-2011-001252, que se sigue al mencionado penado por el delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del estado Venezolano