PRIMERO: PACIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ALEXANDER ANTONIO AMARO GOMEZ, actuando en su condición de Defensor Privado, de los ciudadanos EDGAR DANIEL GARCIA ALVAREZ, JONATHAN RAFAEL RIVAS PEÑA y RAFAEL SIMON CEDEÑO ALVAREZ. SEGUNDO: REVOCA la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, Extensión Puerto Cabello, al finalizar la audiencia especial de presentación de imputados celebrada el 17 de Agosto de 2008 y en consecuencia DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de n de Libertad de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en las modalidades contenidas en los ordinales 3° y 8° ibidem, esto es, presentación ante la oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial, con sede en Puerto Cabello, cada ocho (08) días y la presentación de dos fiadores cada uno, que devenguen una cantidad mensual de sueldo mínimo, medid.....