declara CON LUGAR los recursos de Apelación interpuestos por la Fiscal Vigésimo Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, SEGUNDO: REVOCA los autos de fecha 16 y 17 de octubre de 2007, mediante los cuales el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 5 de este Circuito Judicial Penal, sustituyó la medida privativa de libertad que había sido dictada a los imputados JEAN PIERO YEPEZ SAEZ, y JHAN ENMANUEL MALDONADO SAEZ, por la comisión del delito de tentativa de hurto de vehículo automotor, previsto en el Articulo 4 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, y TERCERO: RESTITUYE la Medida Privativa Preventiva Judicial de Libertad dictada por el citado Tribunal de de Control N° 5, el 8 de Octubre de 2007, a los ciudadanos JEAN PIERO YEPEZ SAEZ, y JHAN ENMANUEL MALDONADO SAEZ, la cual será ejecutada por la Juez A quo.