PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado RAFAEL ENRIQUE OJEDA en su condición de Defensor Privado del ciudadano RAFAEL ANTONIO BLANCO GALINDEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de EJECUCION Nª 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 25 de Julio de 2013, mediante la cual NIEGA POR IMPROCEDENTE EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al ciudadano RAFAEL ANTONIO BLANCO GALINDEZ, por el delito de USO Y FALSIFICACION DE DOCUMENTOS PUBLICOS. SEGUNDO: SE ANULA el auto de fecha 25 de Julio de 2013 por inmotivación TERCERO: se ORDENA que otro Juez de ejecución distinto.