En consecuencia esta Sala Nº 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ADMITIDO el presente recurso de apelación interpuesto por el abogado Alejandro José Márquez Meza, actuando en su carácter de Fiscal Provisorio Trigésimo Cuarto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de julio de 2017 y publicado el texto integro el 01 de agosto de 2017, por el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal Nº GP01-P-2016-023737, seguido a: Henyerber José Vivas Sequera, por la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el articulo 80 ambos del Código Penal.
Publíquese y regístrese. Cúmplase. Dada, firmada y sellada en le .....