Esta Alzada: ADMITE el recurso de Apelación interpuesto; 1) el Abg. Luis Orlando Pérez Villalba, en su condición de defensor privado, seguidas en las actuaciones seguidas a: LUIS FERNANDO QUINTERO GUERRA. 2) el Recurso de Apelación de Auto, ejercido por los abogados MARIA F. ALVARENGA y JUAN CARLOS OJEDA, actuando como defensores privados del ciudadano MOISES DE JESÚS ACOSTA SUÁREZ, los dos recursos de apelación, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de Octubre de 2013, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con el articulo 439 numeral 4º del Decreto rango valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado