decide:
1-En su condición de Superior jerárquico del Tribunal de Juicio Nro. 5 de este Circuito Judicial Penal, declara “Con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el recurrente en los términos expresados en la motiva de la presente decisión, anulando en consecuencia el auto dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial penal, en fecha: 10 de enero del 2006 y todos los actos subsiguientes al mismo, en virtud de la incompetencia material advertida en el Tribunal A-quo, al resolver lo planteado; pronunciamiento que se dicta de conformidad con lo establecido en los artículos 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 69 y 190 del Código Orgánico Procesal Penal.
2- Como consecuencia, de lo anulado y en razón del asunto a dilucidar en el presente caso, esta Sala Nro. 1 de esta Corte de Apelaciones, declara la Incompetente por la materia, del Tribunal Nro. 5 de Primera Instancia en lo penal .....