Por todas y cada una de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE, al acusado (identidad omitida), venezolano, natural de Valencia, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto en el artículo 417 del Código Penal Vigente, en perjuicio del Adolescente (identidad omitida); y en consecuencia a cumplir como sanción la medida de LIBERTAD ASISTIDA, establecida en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el literal “d” del artículo 620 ejusdem, por el lapso de UN (1) AÑO. El Juez de Ejecución determinará lo conducente y designará la persona o Institución que supervisará y controlará, a través del seguimiento adecuado el cumplimiento de la medida. Publíquese, regístrese, déjese copia y en su oportunidad remítase al Tribunal de Ejecución de la Sección P.....