con fundamento además en lo establecido en el Parágrafo Primero del artículo 622 y el literal "e" del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESOLVIO: MANTENER la medida de Privación de Libertad,