Habidas las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, con fundamento en la norma citada, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 645 y 647, literal "h" ejusdem, administrando Justicia , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: CESAR la medida de Imposición de Reglas de Conducta impuesta al sancionado antes mencionado, por haber operado la prescripción.