Ejecútese la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes de este Circuito, publicada el 30 de Junio de 2004, mediante la cual se declaró penalmente responsable al adolescente identidad omitida, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, en la modalidad de Violación y a quien se le impusieron las medidas de PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de seis (6) meses y de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de seis (6) meses, previstas en los literales “f” y “d” del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente