De conformidad con lo establecido en el artículo 561, literal "E" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA, EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa a favor del (los) adolescente(s )LUIS ALBERTO CARMONA, nacido en fecha 15-03-86, titular de la cédula de identidad Nº 19861281 residenciado en Barrio La Coromoto, Prolongación Arevalo Gonzalez, Casa 07, Guacara, estado Carabobo; EMILIO FORTIQUE GASTELO,