Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja ejecutado el computo de la sentencia, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control de fecha 08 de Diciembre del 2004 al penado MIGUEL ANGEL PADRÓN HERNÁNDEZ , por el delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a las penas accesorias a la de prisión articulo 16 del Código Penal y lo condenó en costas. Se exhorta al mismo a trabajar y estudiar a los fines de redimir la pena para lograr beneficio correspondiente una vez cumplida la mitad de la misma es decir 3 años. Líbrese boleta de TRASLADO a fin de imponer al penado MIGUEL ANGEL PADRÓN HERNÁNDEZ de la ejecución de la pena impuesta en la fecha que se fije de .....