En esta misma fecha se publicó texto íntegro de la sentencia condenatoria dictada en contra del ciudadano MAXIMO ANTONIO ARISMENDI FLORES, en donde se le condenó a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRESIDIO, como autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE CON EXCESO EN LA DEFENSA, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos actualmente consagrado en el artículo 407 ejusdem en concordancia con el artículo 66 ibidem; Igualmente se le condena al pago de las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, a saber: Interdicción civil mientras dure la pena, inhabilitación política durante el tiempo de la condena y sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, terminada esta y al pago de las costas procesales, en perjuicio de JORGE ANTONIO SÁNCHEZ GUTIERREZ; acuerdense copias. remítase en su oportunidad. Notifiquese.-