Este Tribunal mediante Jurisprudencia Vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 22-12-03 Expediente Nº 02-1809 que interpreta el alcance y contenido del los artículos 26 y 49.3 Constitucionales con relación a las dilaciones judiciales del proceso penal, se estableció que ante la imposibilidad de constituir el Tribunal Mixto con escabinos luego de dos convocatorias, el Juez Profesional debe asumir totalmente el poder jurisdiccional y prescindir de los escabinos procediendo a constituir el Tribunal Unipersonal para la celebración del Juicio Oral y Público. Por consiguiente DECLARÓ CONSTITUIDO EL TRIBUNAL UNIPERSONAL en audiencia oral en causa seguida al acusado ALEXANDER JOSE GUTIERREZ PINTO, y en consecuencia se fijó el Juicio Oral y Público para el día 06-10-2008 a las 9:30 horas de la mañana de acuerdo a la fecha aportada por la Oficina de la Agenda única llevada por este Circuito Judicial Penal. Quedando las partes presente debidamente notificadas