DISPOSITIVA:
En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Mixto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 364 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE al acusado: JUAN ANTONIO LOPEZ ESCORCHE, venezolano, natural de Valencia, estado Carabobo, de 23 años de edad, nacido el 09-08-81, titular de la cédula de identidad N° V- 16.243.902, de oficio obrero, hijo de Juan Antonio López y María Auxiliadora Escorche, residenciado en La Urbanización Las Agüitas, sector 3, vereda 37 con 50, Avenida Principal, casa N° 11, Valencia, estado Carabobo; de la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal y Aprovechamiento de cosas provenientes de delito, previsto y sancionado en el artículo 472 ejusdem, por los .....