DISPOSITIVA:
En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado ANTONIO HUMBERTO ROJAS MOLINA, venezolano, natural de La Azulita, estado Mérida, de 37 años de edad, nacido en fecha 20-05-66, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.239.950, hijo de José Antonio Rojas y de Rosa María Molina, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Brisas de Funval, calle Juncle, casa C-15, Valencia, estado Carabobo, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, a las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, a saber: Interdicción civil durante el tiempo de la pena; inhabilitación política mientras dure la pena; sujec.....