Este Tribunal Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano MIGUEL ANGEL VALERA VALERA, antes identificado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256, ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, quien deberá cumplir con las condiciones impuestas, como es la Prohibición como son la presentación cada quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y la Prohibición de ausentarse de la Jurisdicción del Estado Carabobo, sin la autorización del Tribunal. Asimismo acuerda el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las actuaciones a la Fiscalía Superior del Ministerio Público.