CONDENA AL CIUDADANO SAMIR JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, ya identificado A CUMPLIR LA PENA DE DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, en el lugar que establezca el Juez de Ejecución y multa de doscientas (200) unidades tributarias. No se condena en Costas, por la garantía de la justicia gratuita estatuida en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se mantiene la medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad que se le impuso al acusado en fecha 28-1-02, bajo presentación cada treinta días ante la oficina del Alguacilazgo.