DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano VÍCTOR RAMÓN GONZÁLEZ MARTÍNEZ, por prescripción de la acción penal, de conformidad con las normas ya indicadas. Se acuerda el cese de la medida de coerción personal y queda sin efecto la requisitoria y orden de captura emitida en su contra. No se condena en Costas, por la garantía de la justicia gratuita estatuida en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.