este Juez Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano CARLOS EDUARDO ORTIZ BARRIOS, ya identificado, como responsable del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos y sancionados en los artículos 407 en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, a cumplir una pena de SIES (6) AÑOS OCHO (8) MESES DE PRESIDIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal