Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTALBÁN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, Y EN CONSECUENCIA en virtud de haber operado la PERENCION de la instancia, establecida en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA ahora FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION intentada por la Ciudadana: OLGA ALICIA DUQUE CAPACHO, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Numero V-16.858.090, en su carácter de madre del niño cuyo nombre se reserva este Juzgado cumpliendo con lo ordenado en el articulo 65 de la ley de protección para el niño, niña y adolescente, en contra del Ciudadano: JOSE RAFAEL ALMADA PAEZ, padre del niño, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-7.130.832. No hay condenatoria en costas a tenor de lo es.....