Este Juzgado del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por los Ciudadanos: RUBEN ANTONIO LOPEZ MENDOZA Y ORTENCIA JOSEFINA MENDOZA TARAZONA, identificados suficientemente en autos y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía desde el día 24 de Enero del 2000, fecha en la cual contrajeron Matrimonio Civil por ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Temerla Municipio Nirgua Estado Yaracuy. Acta Nro. 01, Año 2000.
En cuanto a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los Solicitantes manifestaron que de esta unión no procrearon hijos.
En cuanto a los Bienes de la Comunidad Conyugal, las partes manifestaron que no existen gananciales en l.....