Este Juzgado del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por los Ciudadanos: LUZ ANGELA BETANCOURT LEAL Y ANGEL YOSLEM ARRIOJAS ORSINI, identificados suficientemente en autos y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía desde el día 04 de Septiembre del 2003, fecha en la cual contrajeron Matrimonio Civil por ante la Oficina del Registro Civil del Municipio Los Salias, Estado Miranda. Acta Nro. 59, Año 2003.
En cuanto a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los Solicitantes manifestaron que de esta unión no procrearon hijos.
En cuanto a los Bienes de la Comunidad Conyugal, las partes manifestaron que no existen gananciales en la misma, por lo tanto no hay Bienes qu.....