Cabe señalar que en fecha 09 de ABRIL de 2008, el Alguacil del Tribunal consignó Boleta de Notificación debidamente firmada por la actora, a objeto de su comparecencia con el fin de ampliar los términos de la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención formulada ante el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente de este Municipio, toda vez que la Información suministrada, resultaba insuficiente para el trámite de dicha solicitud, no obstante, a pesar de ser debidamente notificada para su comparecencia, la misma no compareció en su oportunidad, ni posteriormente, a los fines indicados. Ahora bien, independientemente de la Notificación ordenada por este Despacho a la parte actora, la misma como parte interesada, está en la obligación de impulsar la solicitud y/o demanda, no obstante, es un hecho cierto que desde la fecha en que el Tribunal notificó a la accionante (09/04/2008), hasta la presente fecha (03/12/2008), la parte actora no ha realizado actuación alguna destinada.....