Visto el convenimiento habido entre las partes en fecha 24-04-2009, que cursa al folio treinta y cinco (35), y debidamente homologado por este Juzgado en fecha 27-04-2009, como consta al folio treinta y siete del expediente, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el presente procedimiento, se ordena el archivo del expediente para su posterior remisión al Archivo Judicial del Estado Carabobo