Visto el desistimiento habido en la presente causa, en fecha 16-07-2.007, que cursa al folio 32, se acuerda homologar la misma como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente procedimiento, teniéndolo para su archivo; igualmente devuelvanse a la parte actora originales que cursan a los folios del 3 al 14 y en su lugar déjese copia fotostática certificada de los mismos. Cúmplase lo ordenado.-