Visto el escrito presentado por los ciudadanos: MARCOS TULIO NUÑEZ FUENTES y MERCEDES ANTONIA PERÈZ PALENCIA, asistidos por el abogado: JOSE ALEJANDRO RIVERO RIVERO, que cursa a los folios 85 y 86 de la solicitud Nº 83-2.007, este tribunal niega lo solicitado de conformidad con lo establecido en los articulos 23 y 252 del codigo del Codigo de Procedimiento Civil.-