Con fundamento a lo expuesto anteriormente este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín del Estado Carabobo, declara firme el Decreto Intimatorio. Y así decide
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín del Estado Carabobo. En Guacara a los Doce (13) días del mes de Abril del 2005. Años 194° de la Independencia y 146° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
LA SECRETARIA
JEALÍ BENÍTEZ E.
En esta misma fecha 13-04-2005, siendo las 10:30 a.m., se dictó, publicó y diarizo la presente decisión.
LA SECRETARIA
JEALÍ BENÍTEZ E.