Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción intentada por el Abogado YVAN YNNIS, quien actúa como Apoderado Judicial del ciudadano GIOVANNI MASSARONI PAVETTI, contra el ciudadano JOHAN JESUS ROSALES, todas las partes plenamente identificada en los autos. En consecuencia, se ordena al demandado de autos, ciudadano JOHAN JESUS ROSALES a entregar de manera inmediata a la parte actora, ciudadano GIOVANNI MASSARONI PAVETTI, el inmueble objeto de la presente demanda, constituido por un anexo signado con la letra "B", que forma parte de un inmueble e su propiedad, el cual se encuentra ubicado en el parcelamiento AVINCA, Ciudad Alianza, Calle Moriche, Parcela N° 425, Manzana N° 35, jurisdicción del Municipio Guacara del Estado Carabobo, el cual tiene una superficie de terreno de TRES.....