CAPÍTULO III
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda la Medida preventiva de secuestro solicitada por la ciudadana ZULLY PARENTE MUÑOZ, asistida por la Abogada JESSICA DELLEPIANE, ambas anteriormente identificadas sobre el inmueble, ya identificado en la sección precedente.
Con relación al Exhorto al Juzgado Ejecutor de Medidas, el mismo será librado una vez que así sea solicitado por la parte demandante.
Regístrese, publíquese la anterior decisión y déjese copia en el copiador de Sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Puerto Cabello a los Veinticinco (25) días del mes de Julio de Dos Mil Seis (2006). Años 196° de la .....