CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la Pretensión Jurídica que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, interpusiera el ciudadano WILLIAMS EDUARDO CASTELLANOS RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.854.427, con domicilio en el Municipio Autónomo Guaraca del Estado Carabobo, en su carácter de Gerente de la Sociedad de comercio TRANSPORTE MAX FLAD BET C.A., asistido por el abogado OSCAR GAVIDIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.912, contra el ciudadano CARLOS ALBERTO PALMAR TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.364.748, en consecuencia se condena a éste último:
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