CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la Pretensión Jurídica que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpusiera el ciudadano DANIEL JOSÉ QUEIPO, asistido por el abogado ALEJANDRO GOMEZ QUEZADA, ambos anteriormente debidamente identificados, contra la empresa SUMINISTRO RH C.A., ya identificada, en consecuencia se condena a esta última a cancelar la suma de CUATRO MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 4.045.006, 37). Se ordena, experticia complementaria del fallo, para lo cual el experto deberá calcular el ajuste monetario de las indemnizaciones reclamadas, desde que se produjo el despido injustificado del trabajador el 16-07-2003, hasta que quede firme la presente sentencia, experticia que deb.....