Por todas las razones expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la pretensión por daños y perjuicios derivada de incumplimiento contractual, ejercida por la ciudadana Carmen Aidee Flores, antes identificada, en contra del ciudadano Gabriel José Morales, titular de la cedula de identidad No. 12.246.935, en su carácter de propietario de Taller MG SERVICIOS, en consecuencia se condena al demandado al pago de las siguientes cantidades: 1.- La cantidad que resulte de la experticia complementaria del fallo, que determinara la suma que alcanza el arreglo de los daños presentados en la Camioneta Tipo: Sport Wagon; Marca: Caribe; Serial de carrocería: 5KG15DV402669; Placa: ATK207; Serial de motor: 5DV402669; Modelo: 442; Año: 1983; Color: Plata; Uso: Particular. 2.- Mas la suma de Bs. 1.500.000,00, por concepto de utilidad dejada de percibir por la demandante. 3.- Mas la suma d.....