Por todas las razones expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello en nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Sin Lugar la cuestión previa del ordinal 3º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la ilegitimidad de la persona que se presenta como apoderado o representante de la actora, por no tener capacidad necesaria para ejercer poderes en juicio… opuesta por la parte demandada Migdalia Margarita Ramos, contra la parte accionante Alba Josefina Marín.
SEGUNDA: Sin Lugar la cuestión previa de defecto de forma del ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el ordinal 6º de artículo 340 eiusdem, relativa a los instrumentos en que se fundamente la pretensión, esto es, aquellos de los cuales se derive el derecho deducido, los cuales deberán producirse con el libelo., opuesta por la parte demandada Migdalia Margarita Ramos, contra la parte accionante Alba Josefina Marín.
TERCE.....