Por todas las razones expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar la pretensión por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por la ciudadana Laura Maria Mendoza Farelo, y se condena al ciudadano Luis Ramón Lamas Díaz, responsable del Bar Restaurant Club Nocturno El Trébol, a pagar a la demandante la cantidad que resulte de la experticia complementaria del fallo. Se condena en costa a la parte perdidosa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.